sábado, 23 de abril de 2011

Reforma de derechos humanos... una espada de dos filos

 

Equipo yoinfluyo.com

 

 

 

Aunque las reformas recientemente realizadas a la Constitución en el ámbito de los derechos humanos constituyen un avance en algunos temas importantes, dejan huecos y lugar a interpretaciones en otros, motivo por el cual se requiere de una participación más decidida y comprometida que nunca de la sociedad que ha demostrado estar no sólo preocupada sino ocupada de los temas de vida y familia...

 

Aunque las reformas recientemente realizadas a la Constitución en el ámbito de los derechos humanos constituyen un avance en algunos temas importantes, dejan huecos y lugar a interpretaciones en otros, motivo por el cual se requiere de una participación más decidida y comprometida que nunca de la sociedad que ha demostrado estar no sólo preocupada sino ocupada de los temas de vida y familia…

 

La sociedad, a través de nuestros mecanismos de contacto, nos alertó del trabajo que estaba realizando el Senado con relación a la reforma de la Constitución sobre los Derechos Humanos de la cual tuvieron conocimiento a través de notas periodísticas y de lo que se estuvo reflejando en la página de Internet del Senado. 

 

Surgieron varias preocupaciones sobre lo que aparentaba ser una reforma que atacaba la dignidad de la persona, la vida, la familia y la libertad religiosa. A petición de la sociedad civil, hicimos un análisis bajo una óptica humanista, y consultando a expertos se llegó a conclusiones.

 

Posteriormente, el 8 de marzo se aprobó la reforma mencionada, a pesar de que miles de  personas a través de los mecanismos de participación de yoinfluyo.com pidieron que no se aprobara, pues contiene términos ambiguos y que parecieran tener un sentido contrario a la persona.

 

Este hecho nos acercó con diversos Senadores, particularmente con la Senadora Teresa Ortuño, presidenta de la Comisión de Educación, quien nos indicó que ésta era una reforma humanista que debería ser considerada como una victoria y no como una derrota.

 

Resaltó que por primera vez la Constitución no "otorga" los derechos de la persona sino que los "reconoce", que se incluye el concepto de persona humana desde una perspectiva no legal sino humanista. Además, resaltó el hecho de que todos los mexicanos gozaremos de los derechos humanos reconocidos en los Tratados Internacionales que México ha firmado.

 

En particular, señaló que el Pacto de San José (que es un tratado internacional firmado por México) reconoce que la vida debe protegerse desde la concepción, que la libertad religiosa es un derecho inalienable y que la libertad de los padres para educar a sus hijos es fundamental1.

 

Sin embargo, a pesar de estos temas que encienden luces de esperanza y posibles vías de trabajo para aterrizar en una legislación concreta dichos acuerdos, hay otras modificaciones que, según organizaciones de la sociedad civil, abren la puerta a interpretaciones contrarias a la vida, la familia y la libertad religiosa y que por lo mismo son altamente preocupantes.

 

El riesgo más evidente, de acuerdo con dichas organizaciones, es la incorporación del término "preferencias sexuales" en el artículo 1, al hablar de la no discriminación. El asunto aquí es delicado, pues su significado incluye desórdenes graves, conductas incluso delictivas que no por esto se legalizan, pero que abren la puerta a debates posteriores que pudieran concluir en una legislación como la de Bolivia, en donde la pedofilia es hoy una "conducta sexual legal".

 

Marie Claire O´Hagan representante de la organización Familia para las familias, quien tiene doble nacionalidad (mexicano-inglesa), ha señalado que en Inglaterra, su país natal, muchas instituciones que se dedicaban a dar en adopción niños no deseados, tuvieron que cerrar sus puertas al enfrentarse a una legislación que sancionaba brutalmente a aquellas organizaciones que se negaran a dar en adopción a un bebé a una pareja homosexual, con el pretexto de "no discriminar".

 

Dichas organizaciones han señalado también que es importante, en el tema de los Derechos Humanos, definir con claridad la naturaleza de los mismos en un documento que sirva de referencia para las interpretaciones que se den a este término, pues existe el riesgo de denominar "derecho humano" a una conducta particular o a un pensamiento individual y que no necesariamente se encuentra fundamentado en la naturaleza de la persona. Esto nos podría llevar a legislar a favor de verdaderos caprichos o aberraciones.

 

Por otro lado, el doctor Jorge Adame, abogado Investigador Titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM resaltó que el término "pro-persona" que está incluido en esta reforma y que significa que entre dos leyes se aplicará aquella que vaya más de acuerdo al interés del ser humano, es un arma de dos filos, ya que ¿quién interpretará por ejemplo en el caso de un aborto, cuál es el mejor interés, ¿el de la mujer, del bebé, o del padre? Al no haber una filosofía antropológica sustentada este término se presta a relativismo puro.

 

Adame señaló también graves inconsistencias en los procedimientos que deberán seguirse con las reformas, por ejemplo, se señala que el Estado deberá resarcir el daño causado a una persona por haber sufrido una violación a sus derechos humanos… ¿Cuántos tribunales serán suficientes para atender estas demandas de amparo? ¿Cuántos tratados hemos firmado? ¿Qué fondo se creará para poder dar una indemnización económica a quien lo solicite?2.

 

Respecto a la modificación en el tema de la libertad religiosa, José de Jesús Castellanos, Presidente de yoinfluyo.com, comentó que se sustituyó esta libertad por la "libertad de creer", lo cual tiene un significado muy diferente. Asimismo, en las consideraciones, en el punto 8, se habla de la posibilidad de que el Estado prohíba los actos públicos de culto en circunstancias específicas, lo cual abre la puerta, una vez más, a las interpretaciones… la pregunta es, ¿por qué incluir este tema?, ¿con qué finalidad?

 

Es por ello momento de reflexionar… ¿qué sigue ante este panorama?

 

Lo primero que hay que resaltar es que este tema despertó a la sociedad civil, a la mayoría silenciosa, e hizo notar que frente a temas de trascendencia humana, están dispuestos a participar.

 

Por otra parte, las ambigüedades han provocado confusión entre las personas que están a favor de la vida y la familia, las cuales son llamadas a buscar una estrategia común para dar la batalla, evitando el riesgo de este doble filo y dándole un sentido humano a las reformas, lo que ha sido la intención de gran parte de los legisladores que votaron a su favor.


No se debe olvidar que la batalla no es entre las instituciones ni entre las personas, sino  como decía Juan Pablo II, estamos llamados a vertebrarnos y trabajar juntos para la construcción de la "civilización del Amor".

 

Eso dependerá en gran medida de quienes nos gobiernen. Ya se acerca 2012, habrá cambio de Presidente, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, y en nuestras manos estará la decisión de elegir a quienes puedan aterrizar en leyes concretas estas reformas constitucionales para que sean promotoras de los principios y no destructoras de nuestra sociedad, nuestros hijos y nuestros valores.

 

Por ello te invitamos a que cuando comiences a oír nombres, prospectos, candidatos, la primera pregunta que les hagas sea: ¿cuál es tu posición con respecto a la vida?, ello te puede llevar a tomar la mejor o la peor decisión, en tus manos está el futuro de México… ¡INFLUYE YA!

 

1Artículo 4. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente (Pacto de San José).

Artículo 12. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión.  Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. (…) Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

 

2 Artículo 1 (…) En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.                                   

 

 

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